La Subdirección General de Reclutamiento y Desarrollo Profesional de Personal Militar y Reservistas de Especial Disponibilidad, ha hecho pública en la web www.reclutamiento.defensa.gob.es la relación Complementaria de Aspirantes Aptos No Clasificados, para la reposición de las renuncias, de las no presentaciones en el correspondiente Centro de Formación y de las bajas que se pudieran producir en el mismo durante el periodo de orientación y adaptación a la vida militar, del Ciclo Segundo del proceso de selección convocado por Resolución 452/38033/2020, de 13 febrero, de la Subsecretaría de Defensa, para el ingreso en los centros de formación para incorporarse a las escalas de tropa y marinería del año 2020, modificada por Resolución 452/38150/2020, de 4 de junio, de la Subsecretaría de Defensa y por Resolución 452/38223/2020, de 22 de julio, de la Subsecretaría de Defensa.
Se puede consultar en nuestra página web, así como en las Delegaciones y Subdelegaciones de Defensa correspondientes a la provincia de cada aspirante.
Además en el mismo listado, están las siguientes
NOTAS INFORMATIVAS
- Las renuncias que se produzcan antes de la fecha de incorporación a los Centros de Formación, las plazas de los aspirantes que no efectúen su presentación en los mismos, a excepción de lo dispuesto en la base 10.3 (embarazo, parto o posparto) y las bajas que se produzcan durante el periodo de orientación y adaptación a la vida militar, podrán ser cubiertas por los aspirantes que, relacionados en documento adjunto de 322 páginas, tras superar la totalidad de las pruebas selectivas, no han obtenido plaza.
- A tal efecto y por celeridad administrativa, la Comisión Permanente de Selección realizará a los aspirantes de mayor nota de esta «Relación Complementaria de Aspirantes Aptos No Clasificados» en la vacante en la que se haya producido la disminución, la oferta de la plaza objeto de reposición por correo electrónico, al que deberán responder por el mismo medio, de manera inmediata (en un plazo de tiempo inferior a 24 horas) aceptando o rechazando la oferta de la plaza.
- En caso de no existir aspirantes aptos no clasificados en una determinada vacante, la reposición se realizará ofertando una plaza al aspirante apto no clasificado de mayor nota de la vacante que determine el Ejército afectado, de acuerdo con las necesidades respectivas, pudiendo a tal efecto, acumularse la plaza disminuida a otro código de especialidad fundamental donde hubiera peticionarios aptos no clasificados.